¿Cómo pagar las deudas con la Seguridad Social a plazos?

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En todas las familias, independientes, incluso pequeñas empresas, se presentan gastos de forma inesperada que rompen nuestras previsiones económicas y nos hacen buscar información acerca de cómo conseguir más dinero. Una multa de estacionamiento, la reparación de un electrodoméstico, una avería en tu vehículo, son algunos de los ejemplos que pueden hacernos sufrir un desembolso en el peor momento y que nos impulsen a tener que pagar las deudas con la Seguridad Social a plazos. 

Por lo tanto cuando suceden estas cosas, y tenemos que pagar por que acabamos debiendo a la seguridad social, es fundamental solicitar un préstamo rápido para pagar a la Seguridad Social y así lograr la prescripción embargo Seguridad Social o por ejemplo cuando prescriben las deudas de diferentes cantidades de euros con proveedores. 

Una vez iniciado judicialmente el procedimiento de apremio, si el deudor paga la deuda, en el que va incluido recargos, intereses y costas devengadas, según la política de las Unidades de Recaudación Ejecutiva, se le permitirá efectuar el pago. Si el pago no corresponde con todos los conceptos, para poder obtener el escrito solicitud prescripción deudas Seguridad Social, se aplicarán primero las costas y luego la Seguridad Social débitos restantes hasta dónde se pueda. Por último, se procede al apremio por el resto impagado en base al título ejecutivo a las personas con estas deudas. Además la nueva ley recargos seguridad social 2019 ha provocado un ligero descenso, aún siguen siendo altos. 

Medios de pago a la Seguridad Social

El pago de tus deudas a la Seguridad Social en el procedimiento de apremio, tiene que hacerse en efectivo. Algunas opciones son dinero de curso legal, cheque o con tarjeta de crédito siempre y cuando lo autorice la Tesorería General de la Seguridad Social.

  1. Dinero de curso legal. El pago en dinero legal o reclamación deuda Seguridad Social se realizará, en todo caso, a través de las entidades colaboradoras autorizadas o habilitadas al efecto. Por ejemplo a través de medios de pago BBVA seguridad social.
  2. Cheque que, además de los requisitos generales exigidos por su legislación específica, deberá reunir las siguientes características:

  • Ser nominativo a favor del TGSS y además la cuenta debe estar autorizada en el órgano recaudador o colaborador.
  • Estar librado contra Entidades Financieras o de Crédito autorizadas e inscritas en el registro correspondiente y ubicadas en España.
  • El cheque debe estar fechado en el mismo día o como mucho dos anteriores a su entrega.
  • Además estos documentos deben estar visados o certificados por la entidad librada que tiene que retener el importe dado para el pago del cheque a su presentación hasta un plazo máximo de 30 días posteriores a su emisión.
  • Por último, indicar el nombre o razón social del librador, y según proceda, su número o código de identificación fiscal, que se expresarán debajo de la firma con toda claridad. Cuando se extienda por apoderado además de los datos anteriores, figurará en la antefirma el nombre completo del titular de la cuenta corriente. Por lo tanto una vez hecho el procedimiento se permitirá condonar deuda seguridad social.  

Pagar a la Seguridad Social con transferencia o tarjeta

3. Transferencia bancaria. Los mandatos de la transferencia de la quita deuda seguridad social podrán efectuarse a través de una entidad bancaria o de un banquero inscrito en cualquiera de estos registros: Cajas de Ahorros, Entidad Financiera o Instituciones de Crédito o de Depósito para el abono de la cantidad en un número de cuenta restringida de la Seguridad Social para los ingresos por recaudación ejecutiva. Además los titulares tendrán que anotar el concepto concreto e indicar a qué ingreso corresponde de deuda, más el código de la cuenta de cotización del deudor y datos que le identifiquen. Estas deudas seguridad social prescriben en la fecha en que la Entidad Financiera disponga de entrada a la transferencia efectuada. 

4. Tarjeta de débito o crédito. Una buena manera de lograr que prescriben las deudas con hacienda que se encuentran en vía ejecutiva es hacerlo a través de tarjetas de crédito o débito. Para realizar este proceso, el cliente puede acceder sin certificado digital a la Sede Electrónica y pagar también mediante el servicio “pago con tarjeta de deudas de Seguridad Social”.

Además el deudor puede emplear otros medios autorizados por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Justificantes de Pago

Al efectuar el pago de una deuda a la Seguridad Social, el que lo realiza, tiene que recibir un justificante de que ha zanjado la deuda. Los justificantes del pago realizado en efectivo, son los recibos expedidos por las Entidades Financieras o Agentes colaboradores en la recaudación de la Tesorería General de la Seguridad Social donde el deudor haya hecho el ingreso para el abono en la cuenta restringida en ingresos por recaudación ejecutiva. Por lo tanto es importante conocer que significa número de cuenta restringida.

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