La posibilidad de contraer deudas con la Seguridad Social es un peligro que acecha constantemente a todas las personas contribuyentes, pero en especial a los trabajadores por cuenta propia. Por lo tanto es fundamental analizar los inconvenientes e infortunios que puede provocar generar impagos y no pagar a los trabajadores ya que en el momento menos pensado la Tesorería de la Seguridad Social aparece en números rojos, por lo que, ¿mejor pagar o aplazar la deuda con Seguridad Social?
Una deuda incobrable seguridad social puede ser de varios tipos aunque según los datos son empresarios y autónomos los que provocan el impago de los Seguros Sociales de los trabajadores y el de la cuota de autónomo. Sea cual sea el motivo, las consecuencias son negativas.
En primer lugar hay que pagar la multa correspondiente por no pagar o por tener retrasos en los cobros. Las sanciones económicas van en relación a lo que tarde el trabajador en pagar esos euros que debe y van desde un 3% de recargo desde el primer día de retraso, hasta un incremento del 20% de la cuantía por una demora superior a tres meses. Incluso si sigue la demora y sin pagarse la deuda, según la política aplicada se podría producir el embargo de los bienes y servicios de la empresa o incluso bienes personales del autónomo para poder hacer frente al descubierto que ha provocado.
Además una deuda seguridad social insolvente incluiría tus datos en el fichero de morosos denominado FIJ (Ficheros de Incidencias Judiciales) Situación que se genera cuando un autónomo o entidad empresarial no paga los Seguros Sociales de sus trabajadores y se conoce como situación de descubierto. Aunque también puede darse si se paga fuera de plazo. En este caso la responsabilidad es del propietario del negocio y en cuanto haya deuda, tiene que hacer frente a todo el dinero que les corresponda a sus trabajadores. Por lo tanto son fundamentales los préstamos de la Seguridad Social para evitar llegar a esta situación.
Embargos de la Seguridad Social
Si la empresa tiene deudas con la administración del Estado, Hacienda o la Seguridad Social o no cumple la cotización 081 TGSS, es importante que sepas que muchos bancos y entidades financieras no aceptan realizar tramitación si un cliente debe dinero a cualquiera de estos dos organismos públicos.
Además es incluso peor tener una deuda con Hacienda o la Seguridad Social que incluso pertenecer a algún listado de morosos como RAI o ASNEF a la hora de solicitar crédito. Las entidades financieras piensan que si el cliente no paga a estas dos entidades por que no iban a hacer lo mismo conmigo. Por lo que los clientes tienen muy difícil tener acceso a esta financiación.
Otro de los problemas que se encuentran los clientes es que las deudas con la Seguridad Social y Hacienda al ser el Estado acreedor de ambos, pueden provocar que sus bienes, ingresos o nóminas les sean embargados.
Las empresas o autónomos que no generan ingresos y tienen falta de liquidez, suelen tener estos problemas y al ser propiedad del Estado, dispone de mecanismos que ningún acreedor puede. De hecho, el Estado suele advertir a estas entidades de que los ingresos que puedan ir generando vayan directamente a él en vez de a las entidades deudoras.
Por otra parte, es importante saber qué hace el Estado en el caso en que la empresa no pueda pagarle y se declare insolvente. El Estado tiene la información de la empresa como pueden ser las declaraciones anuales, trimestrales y lo que hace es enviar una carta de pago deuda seguridad social a los proveedores o clientes indicándoles que todos los pagos que tengan que hacer a la empresa, se los hagan directamente a él.
Alternativas de pago al embargo con Hacienda o Seguridad Social
Para evitar el embargo, uno de los métodos más frecuentes es solicitar un aplazamiento en el pago. Esta técnica es la más recomendada por muchos asesores hacia sus clientes. Aunque es importante destacar que esta medida tiene unos plazos y que no se puede hacer continuamente. Además aplazar la deuda significa que a corto plazo, tampoco se va a poder hacer frente a su pago. La gran ventaja de aplazar una deuda es que el deudor tiene la posibilidad de buscar en ese tiempo alguna solución que le permita resolver esos problemas económicos y financieros como podría ser un crédito rápido.
¿Cómo se cancelan las deudas con Hacienda y Seguridad Social?
Lograr la prescripción embargo Seguridad Social o Hacienda, no es algo difícil una vez que el cliente tiene la concesión del crédito. El siguiente paso es solicitar al acreedor, la emisión de una carta de pago en la que se indique claramente la deuda que se debe y que hay que hacer para cancelarla.
En la carta de pago aparece indicado el número de cuenta donde hay que ingresar el dinero para cancelar la deuda y darla por finalizada. Aun así es probable, que la financiera en el estudio para conceder el préstamo, te pida la carta, por lo que es importante tenerla preparada.
Préstamos para cancelar deudas con Hacienda y Seguridad Social
Aunque este tipo de financiación existe en el mercado, no todas las financieras conceden un crédito y por lo tanto no es una tarea sencilla. La mejor alternativa es acudir a financieras privadas que son las que ofrecen préstamos para cancelar deudas con la Seguridad Social, Hacienda o cualquier organismo público. Nosotros como entidad privada ofrecemos el préstamo cancelación deudas, para situaciones como esta.
El problema aquí es que el cliente no podrá acceder a su solicitud sin presentar un aval en dicha operación. El aval generalmente es un bien inmueble que permite al cliente lograr mayor financiación y en unas condiciones favorables.
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